Notimex publica las pruebas del fraude de la STPS y la JFCYA sobre la huelga

Notimex publica las pruebas del fraude de la STPS y la JFCYA sobre la huelga Notimex publica las pruebas del fraude de la STPS y la JFCYA sobre la huelga.

La Junta Federal de Conciliación y Arbitraje número 5 encabezada por María Eugenia Navarrete, violó el artículo 931 fracción III de la Ley Federal del Trabajo y la jurisprudencia que asentó en el acuerdo de fecha 26 de febrero de 2020, para el recuento de trabajadores que definiría el apoyo o rechazo a la huelga.

El director jurídico de Notimex, Víctor Fernández Peña, denunció que la Junta no cumplió con el numeral de la Ley Federal del Trabajo, pues éste es muy claro al señalar que no podrán votar las personas que no estén en la condición de subjudice, es decir con un juicio activo, pendiente de resolución judicial, en este caso contra la Agencia.

En este sentido, agregó el jurídico, en la votación del jueves pasado emitieron sufragio decenas de personas que terminaron su relación laboral y fueron liquidadas conforme a derecho, sin vínculo con la empresa. “No estaban subjudice”.

“Es decir votaron personal que firmaron un convenio de terminación laboral el cual fue pagado y ratificado ante la Junta, fueron ex trabajadores que no estaban subjudice por lo que en las manos de ellos quedó la decisión (de la huelga)”, refirió Víctor Fernández Peña, encargado del departamento jurídico de Notimex.

El citado artículo consigna además que las personas que pueden votar son las que estaban activas hasta la fecha de la presentación del escrito del emplazamiento a huelga (27 de noviembre de 2019) y las que fueron despedidas posteriormente.

Cabe señalar que el Instituto Mexicano del Seguro Social ofreció una lista de 260 trabajadores que la Junta rechazó.
La lista fraudulenta
La lista de 166 trabajadores de Notimex que armó la Junta Federal de Conciliación y Arbitraje número 5, dirigida por María Eugenia Navarrete, para que decidieran sobre la huelga de la Agencia incluía también trabajadores de confianza.

 
1.- Bárbara Damaris Alvarado Santos $ 301,114.92 (27 diciembre 2019)
2.-Dulce Rubí Arévalo Pérez $ 296, 627.20 (6 enero 2020)
3.- María del Rosario Bugarini Rodríguez $ 430,000.00 (6 enero 2020)
4.- Juan Carlos Castellanos Cárdenas $ 282, 673.14 (26 diciembre 2019)
5.- Maricela Castro Contreras $ 267, 018.02 (27 diciembre 2019)
6.- Humberto Cruz Moya $ 119, 341.96 (27 diciembre 2020)
7.- Brenda Pamela Cruz Reyes $ 248, 871.23 ( 26 diciembre 2019)
8.- Mónica Delgado Torres $ 215,303.85 (15 diciembre 2019)
9.- Francisco Erick Galicia Lozano $465,458.82 (3 enero 2020)
10.- Rocío Gabriela Guzmán Mejía $289,000.00 (8 enero 2020)
11.- Claudia Hernández Aviña $ 402,284.89 (3 enero 2020)
12.- Juana Flora Hernández Bonifacio $ 428,270.57 (27 diciembre 2019)
13.-Hernández Cruz Migue Ángel $308,314.28 (3 enero 2020)
14.- Mayra Lira Texcotitla $120,000.00 (27 diciembre 2019)
15.- Alma Cecilia Mandujano Vázquez $450,391.91 (27 diciembre 2019)
16.- Rosario Manzanos González $ 155,971.04 (13 diciembre 2019)
17.- Grisel Mendoza Piedra $450,000.00 (27 diciembre 2019)
18.- Josué Karim Moreno Martínez $124,945.90 (27 diciembre 2019)
19.-Pérez Caballero Diana $ 70,000.00 (31 enero 2020)
20.- Susana Ramírez Álvarez $ 638,768.20 (27 diciembre 2019)
21.-Rodríguez Rivera Verónica $ 307,937.76 (27 diciembre 2019)
22.-Salinas Gutiérrez Martha $ 115,132.88 (27 diciembre 2019)
23.-Torres Chávez Alberto $ 77,999.64 (26 diciembre 2019)
24.-Torres Vargas Haydee Noemi $ 730,000.00 (8 enero 2020)
25.-Valentín Vieyra Oscar $45,146.55 (6 enero 2020)
26.-Varela Arreola María del Carmen $440,000.00 (3 enero 2020)
27.-Estefanía Mere Salazar, vencimiento de su contrato temporal.
28.-Irma Silvia Arzate Rodríguez vencimiento de contrato.
29.-Perla Esther Pérez Velázquez Personal de confianza y renunció.
30.-Andrea Monserrat Rodríguez Ruiz renuncia y de confianza.
31.-Zyania Martínez Ramírez personal de confianza.
32.-Miroslava Cárdenas Sandoval presentó su renuncia.
33.-Sandra de Nazare Fernandes, directivo y personal de confianza.
34.-Karina Gabriela Medina Dimas vencimiento de contrato temporal.


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